Sustancia económica en Panamá: el caso Riquelme y cómo estructurar tu holding en 2026
La reciente decisión del empresario español Enrique Riquelme de trasladar el holding de su grupo empresarial (Riquelme Capital SL) a suelo centroamericano ha encendido las alarmas en el sector corporativo europeo. No es una decisión aislada. La clave detrás de este movimiento estratégico radica en la implementación de la nueva normativa de sustancia económica en Panamá, un marco legal obligatorio que redefine las reglas para las sociedades con ingresos extranjeros.
Claves de esta actualización en 1 minuto:
- El detonante: El traslado de la matriz Riquelme Capital SL de España a Panamá consolidando la operativa regional en América Latina.
- La normativa clave: La Ley de Sustancia Económica exige presencia física y operativa real en el país para mantener las ventajas de la exención de rentas de fuente extranjera.
- El beneficio real: Consolidar operaciones bajo un sistema de tributación territorial competitivo sin riesgos de doble imposición.
- Requisitos obligatorios: Dirección local, personal calificado y oficinas físicas reales con miras al ejercicio de 2027.
El caso Riquelme: Más allá de la narrativa de los medios
Muchos analistas tradicionales han interpretado este traslado como un mero cambio cosmético de domicilio fiscal. Se equivocan de punta a punta. La realidad empresarial exige mirar la letra pequeña de la legislación panameña.
Riquelme no solo ha movido su residencia. Ha trasladado a su equipo directivo y estructurado una base operativa real. ¿Por qué? Porque la ley panameña obliga a las empresas extranjeras a demostrar operaciones locales tangibles. Si quieres que tus rentas fuera de Panamá sigan exentas de impuestos, debes tener sustancia real en el territorio.
«La ley de sustancia económica ayuda en la decisión, obliga a disponer de recursos humanos adecuados, debidamente remunerados y calificados». — Enrique Riquelme.
Este movimiento demuestra que crear una empresa en Panamá ya no consiste en abrir una simple sociedad de papel. Requiere de una consultoría sofisticada que garantice que tu estructura soporte cualquier auditoría fiscal internacional en el futuro.
¿Qué exige la nueva Ley de Sustancia Económica en Panamá?
La normativa busca alinear al país con los estándares globales de la OCDE, eliminando las llamadas «sociedades pantalla». Para gozar de las ventajas de nuestro sistema tributario territorial, las sociedades que califiquen deben probar que la toma de decisiones ocurre físicamente en Ciudad de Panamá.
¿Qué cambia exactamente? Comparemos el panorama regulatorio antes y después de esta reforma supervisada por la Dirección General de Ingresos (DGI) de Panamá:
| Concepto Regulado | Esquema Anterior (Pre-Reforma) | Esquema Actual (Sustancia Económica) |
|---|---|---|
| Presencia Física | Únicamente un Agente Residente local. | Oficinas físicas operativas o espacios de co-working validados en territorio nacional. |
| Recursos Humanos | No se requería personal en nómina local. | Empleados locales o directores calificados y debidamente remunerados. |
| Toma de Decisiones | Asambleas virtuales en cualquier parte del mundo. | La dirección y el control de los activos deben gestionarse desde Panamá de forma efectiva. |
| Gastos Operativos | Sin mínimos de gasto local declarados. | Gastos operativos proporcionales a la actividad generada reflejados en el país. |
Nuestra perspectiva experta: Cómo estructurar tu holding con éxito
En PanamaWay vemos este cambio legislativo no como un obstáculo, sino como la mayor oportunidad de blindaje patrimonial de la última década. Al obligar a establecer sustancia, tu holding adquiere una legitimidad incuestionable ante haciendas extranjeras.
Ya no pueden acusarte de usar una sociedad instrumental. Tienes oficinas, tienes personal, tienes sustancia real.
Hace escasas semanas, un importante empresario del sector e-commerce e inversión inmobiliaria de Madrid acudió a nuestra firma con un problema idéntico. Quería trasladar su operativa corporativa pero temía las consecuencias de un cambio de residencia fiscal mal estructurado. Diseñamos un plan integral: tramitamos su residencia fiscal en Panamá, constituimos la sociedad holding y alquilamos un espacio de oficinas corporativas físicas en Costa del Este.
Durante el proceso, sufrimos un contratiempo técnico con el departamento de cumplimiento del banco local, que exigía contratos de suministros específicos a nombre de la empresa antes de activar la cuenta de operaciones. Lo solucionamos en menos de 72 horas reestructurando el acuerdo de subarrendamiento con nuestro proveedor de real estate corporativo. Hoy su holding opera con total tranquilidad, blindado frente a inspecciones externas.
¿Está tu patrimonio preparado para el nuevo estándar de sustancia?
No esperes a que tu administración tributaria local cuestione la validez de tus sociedades internacionales. El traslado de un holding o la creación de una filial exige un equipo de asesores en el terreno que conozcan las particularidades de la ley y de la banca panameña.
Si buscas seguridad jurídica, optimización real y un traslado sin sobresaltos para tu familia y tu negocio, analicemos tu caso de traslado sin compromiso y diseñemos una estructura robusta y adaptada a la normativa fiscal vigente en 2026.

